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Dentro de todos servicios que una funeraria ofrece, los siguientes resultan necesarios:
- Obtención del Certificado médico de defunción.
- Inscripción de la Defunción en el Registro Civil.
- Obtención de la licencia para dar sepultura.
- El suministro del féretro.
- Preparación.
- Conducción o traslado hasta el cementerio o crematorio.
- Su Inhumación o Cremación.

El usuario final solo puede obtener el certificado médico de defunción, la inscripción en el registro civil, la licencia para dar sepultura y, en algunas comunidades solamente, la obtención de las autorizaciones de traslado.
El encargado del resto de las actuaciones es la empresa funeraria, exceptuando las autopsias y preparaciones sanitarias, ya que solo pueden ser realizadas por medicos o forenses, caso en el que la funeraria realizaría las pertinentes gestiones, salvo en las autopsias judiciales, cuya decisión y orden dependerán el Juzgado pertinente. |